Contrato de arrendamiento

¿CÓMO TERMINAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN ECUADOR?

Sobre el contrato de arrendamiento.

Este artículo está hecho para que sirva de guía a las partes intervinientes en este tipo de contrato, por lo tanto, previo a tratar el tema de fondo, que es la terminación del contrato de arrendamiento o propiamente dicho el desahucio.

Es importante reseñar que EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO surge del acuerdo entre EL ARRENDADOR que es quien entrega el inmueble en arrendamiento y EL ARRENDATARIO, que es el inquilino o quien recibe el inmueble para habitar en él (ocuparlo sea como vivienda o como local comercial) a cambio de un pago que se llama canon arrendaticio.

Este contrato puede ser verbal o escrito. En la actualidad lo más recomendable es que este contrato se lo realice por escrito, las condiciones que se estipulan de parte y parte deben quedar plasmadas en un documento escrito por seguridad precisamente de los intervinientes.

Terminación del contrato.

La terminación o desahucio del contrato en materia de inquilinato se encuentra normada en la Ley de Inquilinato y el Código Civil Ecuatoriano.

El desahucio es el aviso que hace el arrendador al arrendatario acerca de su decisión de dar por terminado el contrato de arrendamiento,

Según lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos, en que se reforma la ley Notarial, Art. 18, Art.  el desahucio se debe solemnizar con un Notario Público.

Se prevé como facultad exclusiva de los notarios el desahucio, en los casos que en el párrafo posterior detallaré:

CASOS EN LOS QUE SE PUEDE NOTIFICAR EL DESAHUCIO CON UN NOTARIO:

Los Notarios solo pueden solemnizar el desahucio (notificación de terminación del contrato de arrendamiento) en los siguientes casos:

Por cumplimiento del plazo estipulado en el contrato. – En este caso el arrendador deberá notificar al inquilino con por lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del plazo ara la terminación del contrato.

Por transferencia de dominio. – Cuando se haya vendido el inmueble materia del contrato de arrendamiento, se debe solemnizar el desahucio dentro de los treinta días posteriores a la inscripción de la venta en el Registro de la Propiedad correspondiente.

También por obra nueva. – La Ley de Inquilinato en el literal h del artículo 30, establece la causal de terminación del contrato de arrendamiento mediante desahucio, por resolución del arrendador de demoler el local para nueva edificación, el artículo dice: “…Resolución del arrendador de  demoler  el  local  para  nueva  edificación. 

En ese  caso,  deberá  citarse legalmente  al  inquilino  con  la  solicitud  de  desahucio,  con  tres  meses  de  anticipación  por  lo  menos,  a la  fecha  fijada,  para  la  demolición,  la  que  sólo  podrá  ser  tramitada  cuando  se  acompañen  los  planos aprobados y el permiso de la Municipalidad respectiva para iniciar la obra”

Desahucio según el Código Civil. –  En este caso se estará a lo previsto en el Art. 1971 del Código Civil que dice: “Artículo 1917 “El desahucio, en los casos en que tenga lugar, deberá darse con anticipación de un período entero de los designados por la convención o la ley para el pago de la renta”.

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¿CÓMO TERMINAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN ECUADOR?
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¿CÓMO TERMINAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN ECUADOR?
Resumen
EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO surge del acuerdo entre EL ARRENDADOR que es quien entrega el inmueble en arrendamiento y EL ARRENDATARIO, que es el inquilino o quien recibe el inmueble para habitar en él (ocuparlo sea como vivienda o como local comercial) a cambio de un pago que se llama canon arrendaticio. Este contrato puede ser verbal o escrito, las condiciones que se estipulan de parte y parte deben quedar plasmadas en un documento escrito por seguridad precisamente de los intervinientes. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. • Por cumplimiento del plazo estipulado en el contrato. • Por transferencia de dominio. • Por obra nueva.
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Estudio jurídico
Intriago Franco Abogados
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